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Transporte Mercancías Peligrosas

           BOE 251 de 20 de octubre de 1999 :

         “Las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, de acuerdo con lo establecido en este Real Decreto, en función del modo de transporte y de las mercancías transportadas, al menos un consejero de seguridad encargado de contribuir a la prevención  de los riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente inherentes a dichas actividades.”

         En el artículo 9 Obligaciones de las empresas, establece la obligatoriedad de comunicar a la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera y al órgano competente de la Comunidad Autónoma, el número e identidad de sus consejeros y las áreas de gestión que en su caso, tuvieran encomendadas

         También se establece que quienes hubieran obtenido la habilitación para actuar como consejeros de seguridad, con arreglo a lo dispuesto en este Real Decreto, deberán ser inscritos en la Sección de Transportes de Mercancías Peligrosas del Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.

          Todas esta normativa debería estar aplicándose desde 1999, auque es evidente que no se cumple. No obstante, con la publicación este mes del nuevo ADR y la preparación específica en mercancías peligrosas que esta haciendo la Guardia Civil, se nos ha informado que empezarán a exigir el cumplimiento de toda la normativa, también a nivel de la administración autonómica.

          A estas exigencias hay que añadir las que ya existen en cuanto a los  certificados de los vehículos (según materia) y del conductor. Roinbi dispone en la actualidad de todos los títulos habilitantes necesarios para ello, así como vehículos y chóferes.

          En resumen para el transporte de mercancías peligrosas se necesita:

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Consejero de seguridad (Operador Transporte (Agencia) y transportista).

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Certificado del Vehículo (Según materia a transportar).

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Carné mercancías peligrosas (para las distintas clases de materias).

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